Por Leandro Anibal Crivaro, socio.

 

 

En la causa A.75.855 de referencia, la SCBA resolvió el 06/09/2022 hacer lugar -por mayoría- al recurso extraordinario de Inaplicabilidad de Ley interpuesto por la actora, revocando la sentencia de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de San Martín (CCASM) y disponiendo que se dictara un nuevo pronunciamiento que se ajustara a nuevas previsiones.

En su momento, la CCASM hizo lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por la parte actora y, en consecuencia, declaró la prescripción de los períodos 01/2007 al 10/2009 inclusive, correspondientes a los importes de TISH, reclamados por la Municipalidad de La Matanza y confirmó el resto de la sentencia de grado impugnada. 

Para decidir de tal modo, sostuvo la SCBA que "Asiste razón a la recurrente cuando denuncia que la Cámara resolvió -sin más legitimar el cobro de la tasa discutida, omitiendo toda consideración respecto a si existió o no efectiva prestación del servicio comunal que le da sustento. En consecuencia, corresponde revocar la sentencia recurrida y remitir las presentes actuaciones al Tribunal de Alzada, para que, a la luz de las consideraciones expuestas, dicte un nuevo pronunciamiento que se ajuste a tales previsiones" (Del voto del Ministro Torres).

Asimismo, el Máximo Tribunal Provincial ordenó, también por mayoría de sus miembros, que se realizara un nuevo cómputo de la prescripción con relación a la deuda de la TISH para los períodos controvertidos, observando lo dispuesto en las ordenanzas fiscales locales, en lugar de lo previsto en la legislación nacional.